La prisión domiciliaria y la vigilancia electrónica con brazalete permiten, cuando se cumplen los requisitos legales, cumplir la detención o la pena en el domicilio en vez de un establecimiento carcelario. Obtenerla exige una solicitud bien fundamentada y oportuna.
¿Cuándo procede la prisión domiciliaria?
La ley contempla la domiciliaria, entre otros casos, cuando la pena mínima del delito no supera cierto umbral, cuando el procesado demuestra arraigo (familiar, laboral, de vivienda) y no representa un peligro para la comunidad, o por razones especiales (madre o padre cabeza de familia, estado de salud, edad).
El brazalete o vigilancia electrónica
El mecanismo de vigilancia electrónica (brazalete) puede sustituir la detención preventiva o acompañar la domiciliaria, permitiendo el control sin privación total de la libertad. Su procedencia también depende de requisitos legales que se acreditan ante el juez.
Cómo la solicitamos
Preparamos la solicitud de sustitución de la detención o de la pena, reunimos las pruebas de arraigo y demás requisitos, y la sustentamos en audiencia. Actuar a tiempo aumenta las posibilidades de éxito.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar prisión domiciliaria?
¿Cuánto tarda en resolverse?
¿El brazalete electrónico tiene costo?
¿Puedo pedir domiciliaria si ya estoy detenido?
¿Necesita defensa penal ahora?
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