Qué es la unión marital de hecho
La Ley 54 de 1990 la define como la unión de dos personas que, sin estar casadas, hacen una comunidad de vida permanente y singular. Desde la sentencia C-075 de 2007 de la Corte Constitucional también cobija a las parejas del mismo sexo. Da derechos en salud, pensión de sobrevivientes, herencia y bienes.
Cuándo hay sociedad patrimonial
Se presume que existe sociedad patrimonial cuando la unión ha durado al menos dos años. Si alguno de los dos estuvo casado antes, su sociedad conyugal anterior debe estar disuelta.
- Entran los bienes adquiridos con el trabajo o los recursos de cualquiera de los dos durante la unión, y se reparten por mitades.
- No entran los bienes que cada uno tenía antes de la unión ni los recibidos por herencia o donación.
Cómo se declara la unión marital de hecho
- Escritura pública ante notario, cuando ambos están de acuerdo.
- Acta de conciliación ante un centro de conciliación o una comisaría de familia.
- Sentencia del juez de familia, cuando uno de los dos no la reconoce o cuando la pareja falleció y hay que demandar a los herederos.
Separación: disolución y liquidación de bienes
Cuando la pareja termina, la sociedad patrimonial se disuelve y hay que liquidarla: hacer el inventario de bienes y deudas y repartir. Si hay acuerdo, se hace ante notario; si no, ante el juez de familia. Si la pareja falleció, la liquidación va de la mano del proceso de sucesión.
Plazo de un año: la acción para la disolución y liquidación de la sociedad patrimonial prescribe en un año desde la separación física y definitiva, el matrimonio de uno de ellos con un tercero o la muerte de uno de los compañeros (artículo 8 de la Ley 54 de 1990).
Cómo probar la convivencia
Sirven los testigos que conocieron a la pareja, la afiliación a la EPS o a la caja de compensación como compañero permanente, las declaraciones extrajuicio, los contratos de arrendamiento o créditos a nombre de los dos, las fotos y los mensajes. Lo importante es probar las fechas de inicio y de fin de la convivencia.
¿Se separaron o falleció su compañero?
Revisamos las fechas y las pruebas de la convivencia, y le decimos cómo declarar la unión y reclamar su parte de los bienes antes de que venza el plazo.
Información general sobre la ley colombiana; no reemplaza la asesoría sobre un caso concreto. Los plazos y criterios pueden cambiar por nuevas normas o decisiones de las altas cortes.